Tras la declaratoria por parte del gobierno de Nayarit de nombrar como parte del Patrimonio Cultural Inmaterial del estado a las peleas de gallos y las corridas de toros durante el 2019 y después de un largo proceso jurídico, este 15 de junio la segunda sala de La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), rechazó totalmente que tales celebraciones pudieran ser consideradas como bien cultural por parte de la demarcación, con 4 votos a 1, ya que el nombramiento de tales declaratorias, corresponden solamente a la Federación y no a las entidades del país, pues el congreso de Nayarit había sido el encargado de otorgar la polémica declaratoria, ejerciendo un acto inconstitucional, según establece la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.
Todo esto, a raíz del amparo presentado por parte de la asociación civil «Cuenta Conmigo Tepic», la cual planteaba la improcedencia de considerar como una actividad cultural a las peleas de gallos y corridas de toros por su contenido violento en las que se tortura y en muchas ocasiones asesina a los animales por pleno disfrute del público y la industria.
En la resolución de la SCJN se puede leer “las peleas de gallos y la fiesta taurina, al traducirse en actividades que generan sufrimiento, agonía e incluso la muerte de especies sintientes, de manera innecesaria o injustificada, resultan incompatibles o irreconciliables con el derecho humano a un medio ambiente sano y, por ende, no son susceptibles de tutela bajo los llamados derechos culturales”. Por lo que con esto se pone fin al intento de las autoridades estatales de agregar a la fiesta taurina y a las peleas de gallos como actividades que se integren a la lista de derechos culturales a los que tienen acceso por decreto de ley los ciudadanos.
Sin embargo, cabe señalar, que esta resolución no impide ni prohíbe que tanto el evento taurino como las peleas de gallos se sigan practicando en el estado de Nayarit, ya que para eso, se tendría que iniciar otro proceso de amparo que específicamente proponga la prohibición de la actividad bajo términos y argumentos legítimos.
Con esto se engrosa la lista de acciones jurídicas en el país, que se han contrapuesto a las actividades que contemplan el maltrato animal como una actividad recreativa y hasta cultural.
Aunque se puede armar un debate extendido con un sinfín de opiniones divididas, lo cierto es que, cada vez los animales, tienen más voz y voto en comparación a décadas pasadas.