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La cámara de Diputados aprobó con 389 votos a favor reformas a los artículos 2 y 3 de la Ley General de Turismo para reconocer el derecho que tiene la población a esa actividad y con ello acceder a las riquezas culturales y naturales del país.

Con la modificación se agregó una fracción I al Artículo 2, para reconocer el derecho al turismo, y una fracción VIII al precepto 3 para definir dicha prerrogativa de la siguiente manera:

«Derecho al Turismo: La posibilidad de acceso directo y personal de todo individuo al descubrimiento de las riquezas naturales, culturales y de recreación de nuestro país, derivado del derecho al descanso, al ocio, a la limitación razonable de la duración del trabajo y a las vacaciones pagadas periódicas, de conformidad con la legislación nacional y los tratados internacionales».

En el texto turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales se plantea que en la legislación turística hay una ausencia del reconocimiento del derecho al turismo, que se deriva del derecho humano al descanso y al disfrute del tiempo libre.

Menciona que el Artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos estipula que «toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas».

Ese derecho también se considera en el Artículo 7, fracción d) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y que México forma parte de ambos tratados.

Durante la discusión la asamblea aprobó un adendum presentado por la Comisión de Turismo para establecer que la ley tiene por objeto definir las bases para la orientación y asistencia a los turistas nacionales y extranjeros, defendiendo sus derechos y obligaciones.

También fomentar y desarrollar acciones para diversificar la actividad turística. «Todas las modalidades turísticas se consideran como un factor de desarrollo local integrado, apoyando el aprovechamiento de las actividades propias de las comunidades».

La reforma plantea promover el derecho al turismo, de acuerdo a los instrumentos internacionales en la materia, de que el Estado mexicano forme parte.

«Las personas tienen la posibilidad de acceder de manera directa al descubrimiento de las riquezas naturales, culturales y de recreación, con la instrumentación de acciones que deriven del derecho al descanso, al ocioso, a la limitación razonable de la duración de trabajo y a las vacaciones pagadas periódicas», puntualiza.

En el Artículo segundo transitorio se consigna que «para el cumplimiento del presente decreto, las autoridades realizarán sus acciones conforme a lo dispuesto en el Código Ético Mundial para el Turismo, respecto a la definición reconocida sobre el derecho al turismo».

Para fundamentar el dictamen elaborado por la Comisión de Turismo, hizo uso de la tribuna la diputada María Verónica Agundis Estrada, quien expuso que el objetivo es que se reconozca al turismo como un derecho en el que las personas tengan acceso directo y personal al descubrimiento de las riquezas naturales, culturales y recreativas.

Todo ello, derivado del derecho al descanso, al ocio, a la limitación razonable de la duración del trabajo y a las vacaciones pagadas periódicas, de conformidad con la legislación nacional y los tratados internacionales.

Notas relacionadas: 

Argumentó que desde una perspectiva jurídica el Artículo 1 constitucional señala que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y los tratados internacionales.

Por lo tanto, agregó, el turismo debe ser concebido como un derecho, ya que en su desarrollo no se deben presentar obstáculos para cumplir y hacer valer los principios constitucionales.

La panista subrayó la necesidad de establecer ese derecho ya que el turismo se ha convertido en una actividad prioritaria para el país por su alta contribución a la economía y el beneficio que genera a las personas, así como al desarrollo regional y social.

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Por Entorno Turístico Staff

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